Solicitud de refugio en Colombia: situación al mes de julio

07 mayo 2024

La condición de refugiado en Colombia es un reconocimiento que brinda el Ministerio de Relaciones Exteriores a las personas en necesidad de protección internacional¹, que se han visto obligadas a salir de su país de origen por temor a ser perseguidos por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país².

Si una persona llega a Colombia en búsqueda de protección, puede solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado mediante tres pasos simplificados: I) Presentación de la solicitud a la entidad competente. II) Revisión de la solicitud (en este punto se expide un salvoconducto de 180 días, que se puede renovar, mientras se recibe la respuesta). III) Emisión de respuesta a la solicitud, que puede ser de aprobación o de rechazo³. En consecuencia, examinar la situación de refugio en Colombia implica reconocer las acciones gubernamentales y los desafíos que enfrentan los solicitantes de refugio en el país.

En las interacciones del Servicio Jesuita a Refugiados Colombia (JRS/COL) con población en movilidad humana forzada, se han observado obstáculos en cuanto a la recepción, registro y procesamiento de solicitudes de refugio, evidenciando la necesidad de considerar aquellos factores que llevan a una persona a buscar refugio en Colombia. Esto incluye el papel desempeñado por las entidades gubernamentales para la protección de los derechos humanos fundamentales de los solicitantes, su acceso a servicios básicos y su protección legal. Para julio de 2023, se presentan dos casos acompañados por el JRS/COL.

Ana*, una joven venezolana radicada en Norte de Santander, y quien ya cuenta con su condición de refugio aprobada, relata que su proceso fue extenso e involucró varias renovaciones de su salvoconducto. Ella comparte su experiencia para la culminación del proceso de la siguiente manera:

«Me llegó un correo y me dice que fue aprobado mi condición de asilo, cuando me dicen que viaje hasta Bogotá para expedir el documento de viaje. Expedí mi documento, fue muy engorroso conseguir el dinero para viajar, lo logré conseguir, fui a Bogotá, saqué mi documento de viaje y me regresé. Hice todo el trámite para sacar la visa, y tengo mi visa, y mi condición de refugiado». (Ana, 2023).

Dentro de su testimonio, se evidencia una centralización de los procedimientos burocráticos en la capital del país, la cual dificulta que personas de otros departamentos puedan finalizar con facilidad el proceso de solicitud de refugio. Aunque el documento en sí era gratuito, el costo del traslado representó un gasto que generó retrasos, especialmente considerando que, como trabajadora informal, Ana debió ausentarse de su trabajo durante varios días, afectando así su posibilidad de mantener su sustento económico.

María* es una mujer venezolana de 33 años que vive en Norte de Santander, dedicada a labores domésticas. Ella presentó su solicitud de refugio el pasado 13 de marzo y recibió el correspondiente salvoconducto el 21 de abril. Aunque María aún no ha obtenido la condición de refugiada, su salvoconducto debería facilitar su acceso al sistema de salud. Sin embargo, María señala lo siguiente sobre su afiliación al SISBEN: «Realicé el trámite durante una jornada, pero aún no estamos registrados […] lo necesitamos para poder acceder a atención médica». En consecuencia, se evidencia cómo los problemas en el proceso de registro han generado obstáculos para acceder al sistema de salud colombiano.

Hasta el momento, los desafíos enfrentados por los solicitantes de refugio se pueden resumir en la falta de acceso al empleo formal y la integración económica, los amplios tiempos de espera, la centralización de procesos burocráticos y las barreras presentes en el acceso al sistema de salud.

Recomendaciones

  • Es importante que el Estado colombiano tome en consideración las repercusiones que la centralización de los procesos burocráticos en la capital del país puede tener en las personas que solicitan refugio. Por lo tanto, se recomienda que se adopten estrategias orientadas a agilizar las solicitudes de refugio a nivel regional, con el objetivo de reducir incurrir en gastos personales por parte de los solicitantes de refugio.
  • Se aconseja realizar seguimiento al acceso al sistema de salud asociado al salvoconducto SC-2, este esfuerzo permitiría mejorar la experiencia de los solicitantes de refugio en el país.
  • Se sugiere que las organizaciones internacionales y las ONG continúen desempeñando un papel esencial en la prestación de asistencia a los refugiados en Colombia. No obstante, la colaboración con el gobierno colombiano es crucial para facilitar el proceso de solicitudes de manera adecuada.

*Los nombres fueron cambiados por protección de datos personales.

¹ Se considera también como refugiadas a las personas que han huido de sus países porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan alterado gravemente el orden público (Declaración de Cartagena sobre Refugiados, 1984).

² Decreto 1067 de 2015. [Ministerio de Relaciones Exteriores]. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores. 26 de mayo de 2015.

³ UNHCR – ACNUR. (2020). Guía para solicitar la condición de refugiado en Colombia. Disponible en: https://help.unhcr.org/colombia/solicitando-la-condicion-de-refugiado/como-solicitar-la-condicion-de-refugiado-en-colombia-guia-grafica/