Solicitud de refugio en Colombia: situación al mes de septiembre

07 mayo 2024

La condición de refugiado en Colombia es un reconocimiento que brinda el Ministerio de Relaciones Exteriores a las personas en necesidad de protección internacional¹, que se han visto obligadas a salir de su país de origen por temor a ser perseguidos por motivos de “raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país” (Ministerio de Relaciones Exteriores, 2015, s.p.).

Si una persona llega a Colombia en búsqueda de protección internacional, puede solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado mediante tres pasos simplificados: I) Presentación de la solicitud a la entidad competente. II) Revisión de la solicitud (en este punto se expide un salvoconducto de 180 días, que se puede renovar, mientras se recibe la respuesta). III) Emisión de respuesta a la solicitud, que puede ser de aprobación o de rechazo (ACNUR, 2020). En consecuencia, examinar la situación de refugio en Colombia implica reconocer los desafíos que enfrentan los solicitantes de este reconocimiento en el país.

En las interacciones llevadas a cabo por el Servicio Jesuita a Refugiados Colombia (JRS/COL) con personas en situación de movilidad humana forzada, se han identificado diversos desafíos en el proceso de recepción, registro y tramitación de las solicitudes de refugio. Estos obstáculos han puesto de manifiesto la necesidad de abordar y comprender a fondo los factores que motivan a una persona a buscar refugio en Colombia. Uno de los elementos cruciales que se requiere considerar en la presente actualización, es el rol desempeñado por las entidades gubernamentales en la protección de los derechos humanos fundamentales de los solicitantes de refugio al momento de realizar la solicitud, lo cual incluye garantizar su acceso a servicios básicos esenciales como el acceso a la salud.

Para septiembre de 2023, se tiene un caso específico que ha sido acompañado por el JRS/COL, el cual ilustra la urgencia de mejorar el proceso de asistencia a personas en situación de refugio, resaltando la importancia de la labor realizada por el JRS/COL en el apoyo y el acompañamiento a personas en busca de refugio en Colombia. María*, una mujer venezolana, cruzó la frontera vía trocha en Cúcuta junto a su padre de 79 años y su hija de 19. Su hijo ya se encontraba en Colombia desde hacía seis meses, lo que les brindó el apoyo y la esperanza para emprender su tránsito hacia Colombia y radicarse en Soacha, Cundinamarca.

El motivo de su solicitud radica en la imposibilidad de subsistir en Venezuela, especialmente por su condición de salud, pues padece una enfermedad cancerígena que le impide acceder a un trabajo digno. María solicitó refugio en Colombia recién ingresó al país para poder obtener un seguimiento adecuado a su enfermedad, en un país que ofrece la posibilidad de atención médica y un futuro más estable para ella y su familia. Ella comparte su experiencia de la siguiente manera:

«Yo decido venirme porque allá hay, en este momento, hay una decadencia muy grande y no tengo los medios para subsistir allá. Y debido a la condición de mi enfermedad, yo vine para acá buscando un refugio, buscando a ver si me pueden ayudar a ponerme en control y hacerme los estudios ya que allá es muy costoso».

María narra su proceso de solicitud de refugio a partir de las tres negaciones obtenidas por parte de la entidad gubernamental encargada hacia su solicitud, haciendo énfasis en la escasa gestión de la información otorgada a los solicitantes de refugio en el país por parte de los funcionarios públicos. Por consiguiente, resulta esencial que el proceso de solicitud sea transparente y brinde información clara sobre los procedimientos, plazos y derechos de los solicitantes, pues la falta de transparencia y claridad puede generar confusión, ansiedad y desesperación en personas en necesidad de protección internacional, dificultando su adaptación y estabilidad en el país receptor. De su proceso de solicitud, María expone lo siguiente:¡

«Lo solicité el 19 de julio. Desde julio hemos estado insistiendo en pedir la solicitud de refugio para disfrutar del servicio del sistema de salud. Siempre me decían que no, que faltaba una firma, que era de mano alzada, siempre ponían pues como una negatividad. Y en sí, no me explicaban por qué me negaban la solicitud».

Dentro de su testimonio, un aspecto crítico en el proceso de solicitud de refugio en Colombia radica en la preocupante tendencia de la institucionalidad a no priorizar casos de suma urgencia. Esta falta de respuesta adecuada a situaciones específicas vulnera el principio de protección inmediata, vital para personas que se encuentran en circunstancias críticas y necesitan una pronta y efectiva asistencia. Fue hasta el 25 de septiembre, María obtuvo la validez de su solicitud y salvoconducto correspondiente. Ante su urgencia en ser atendida, María expresa lo siguiente:

«¿Por qué, digo yo, por qué tanto tiempo esperar si prácticamente es una prioridad? Es una prioridad la solicitud. Lo digo no solo por mí sino por todas las personas que están pasando por el mismo proceso, que vienen acá a pedir una solicitud y se la niegan».

Un punto relevante es, nuevamente, la vulneración del derecho a la salud experimentada por los solicitantes de refugio en Colombia que requieren de atención inmediata. Este proceso debería garantizar el acceso a servicios médicos y seguimiento de salud adecuados, sin embargo, la mala coordinación y los obstáculos burocráticos resultan en una falta de atención oportuna para aquellos que requieren cuidados médicos urgentes, situación que afecta directamente su calidad de vida y su bienestar.

Para septiembre, un aspecto particularmente preocupante para el JRS/COL es la negación sistemática de solicitudes de refugio sin ofrecer explicaciones claras, lo cual contradice los principios fundamentales de transparencia y justicia. Esta situación subraya la necesidad de establecer mecanismos más efectivos para evaluar y procesar las solicitudes, con el fin de garantizar que cada caso sea considerado con la debida atención y se brinde una respuesta justificada a las y los solicitantes.

Hasta el momento, los desafíos que enfrentan los solicitantes de refugio en Colombia han revelado una serie de obstáculos en el procedimiento existente. La falta de acceso al empleo formal y la consecuente integración económica, así como los largos períodos de espera, han evidenciado una necesidad de mejorar la eficiencia y la efectividad de los procesos gubernamentales en este contexto. Además, la centralización de procesos burocráticos y las dificultades para acceder al sistema de salud han añadido obstáculos considerables a un proceso que debería estar orientado a garantizar la protección y el bienestar de quienes buscan refugio en el país.

Recomendaciones

  • Es fundamental mejorar la información proporcionada a los solicitantes de refugio. El Gobierno debe garantizar que los procedimientos, requisitos y plazos sean claros y accesibles para todos los solicitantes, evitando negaciones sin explicaciones comprensibles. Dicha transparencia brindará certeza a los solicitantes, promoviendo, por ejemplo, la confianza en las instituciones y facilitando una mejor integración en la sociedad.
  • Se insta al Estado Colombiano a implementar medidas concretas para agilizar el proceso de solicitud de refugio. Reducir los amplios tiempos de espera y la burocracia asociada es crucial para garantizar una respuesta más oportuna a las solicitudes.
  • Se deben establecer mecanismos que prioricen y atiendan rápidamente los casos de suma urgencia, asegurando la protección inmediata de los solicitantes, con el objetivo de garantizar, por ejemplo, el acceso efectivo al sistema de salud y atender necesidades médicas especiales.

*Los nombres fueron cambiados por protección de datos personales.

¹ Se considera también como refugiadas a las personas que han huido de sus países porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan alterado gravemente el orden público (Declaración de Cartagena sobre Refugiados, 1984).